Las consecuencias del adulterio podrán ser económicas si la amante es pobre. Un tribunal federal ha establecido que las amantes tendrán derecho a una pensión alimentaria. “Aceptar que solamente la mujer casada o la concubina tiene derecho a alimentos, tendría un efecto discriminatorio hacia otra mujer, que al igual que aquellas, también ha convivido con el deudor alimentista como pareja”, señalan magistrados. Basta que hayan convivido como amantes, y que ella no tenga ingresos suficientes, para que genere el derecho a los alimentos. Los enredos amorosos fuera del matrimonio son como los berenjenales, enramados espesos, muy intrincados y con espinas muy agudas. De la mujer fácil hay que cuidarse, entonces, porque puede sacar los ojos, como Dalila a Sansón. “En amores, cuando quieras entrarás; pero cuando quieras salir, no podrás”.
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